Prematuridad Familias

En el caso de niños prematuros, la normativa de educación en Aragón, contempla la posibilidad de escolarizarlos a un nivel inferior respecto al correspondiente por su edad. Si se cumplen las siguientes condiciones:

• Niños que acceden por primera vez a Educación Infantil.
• Que la edad de nacimiento suponga un cambio de año, respecto a su edad corregida.
• Y que conlleve problemas de salud o retrasos madurativos *

* Esta condición tiene que estar avalada por un informe médico, que certifique la prematuridad e indique los problemas de salud y retrasos madurativos del menor.

Esta medida debe ser solicitada por las familias o representantes legales mediante un escrito dirigido al Servicio Provincial de Educación. La solicitud debe realizarse al menos un mes antes del inicio del período de admisión para la escolarización inicial respecto a la edad cronológica, es decir, preferiblemente durante el mes de Febrero.

Procedimiento de solicitud:

1) Escrito de las familias o representantes legales dirigido al Servicio Provincial de Educación (Plaza Cervantes, 2 C.P. 22003 HUESCA), comunicando:
* La existencia de la prematuridad y problemas de salud y/o retraso madurativo
* Y solicitando la escolarización inicial según su edad corregida,

La solicitud debe ir acompañada del informe médico, que certifique la prematuridad e indique los problemas de salud y retrasos madurativos del menor.

2) La Inspección educativa emitirá un informe valorando la corrección del procedimiento seguido y si han sido respetados los derechos del niño y las familias o representantes legales.

3) El Director/a del Servicio Provincial de Educación emite una Resolución autorizando la escolarización conforme a la edad corregida.

4) Una copia de esta Resolución la entregarán las familias en el proceso de admisión en el centro educativo elegido como primera opción.

Esta medida está contemplada concretamente en el Artículo 29. Flexibilización en la incorporación a un nivel inferior respecto al correspondiente por edad, de la Orden ECD 1005/2018 de 7 de Junio por el que se regulan las actuaciones de intervención educativa inclusiva. Para consultar el artículo completo, haz click aquí: http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1025979463939

 

Equipos de Orientación Educativa de Atención Temprana