Funciones de los Equipos de Orientación Educativa de Atención Temprana, respecto a los menores de 0-6 no escolarizados:
• Realizar la Evaluación Psicopedagógica en el caso de niños/as con posible discapacidad o retraso global del desarrollo: ▪ alumnado que inicie su escolarización en el último nivel del primer ciclo (aula de 2 años) ▪ que inicie su escolarización en el segundo ciclo de Educación Infantil. ▪ niños/as entre 3 y 6 años que se escolaricen por primera vez. |
• Realizar el informe psicopedagógico del alumnado evaluado. |
• Asesorar a las familias o representantes legales. |
• Participar en las Comisiones de escolarización. |
Respecto al alumnado escolarizados en Centros de la DGA que imparten primer ciclo de Educación Infantil (de o a 3 años): Además de las funciones anteriores:
• Realizar el informe de derivación a los servicios sanitarios o al IASS del alumnado que pudiera requerir su intervención. |
Los Equipos de Orientación Educativa de Atención Temprana acuden de manera periódica a las guarderías de la DGA. En el caso de los centros que impartan el primer ciclo de Educación Infantil y que sean dependientes de entidades públicas locales, se realizarán las mismas funciones conforme a los acuerdos que el Departamento de Educación establezca con estas entidades. Orden PRE/413/2019 de 26 de marzo dispone la publicación del Convenio de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza, en materia de orientación educativa en escuelas municipales de primer ciclo de Educación Infantil, firmado el 23 de enero de 2019 en Zaragoza. Pulsa Orden 26 de marzo Convenio Entidades Locales para ver el documento.
En la cláusula séptima del citado Convenio se establece el procedimiento para la adhesión de otras Entidades Locales.
Estas funciones están reguladas en la Orden ECD/1004/2018 de 7 de junio por la que se regula la Red Integrada de orientación Educativa. Pulsa Orden RIOE para ver el documento.