El voto femenino en España

w-clara-campoamor-300x218

En 1931, en los inicios de la Segunda República, aunque las elecciones a Cortes Constituyentes de junio de 1931 se realizaron por sufragio universal masculino, a las mujeres se les reconoció el derecho al sufragio pasivo, por lo que pudieron presentarse como candidatas. Aunque sólo tres mujeres resultaron elegidas (Margarita Nelken en las listas del Partido Socialista Obrero Español, Clara Campoamor en las del Partido Republicano Radical y Victoria Kent en las del Partido Radical-Socialista), éstas tuvieron un destacado protagonismo, especialmente las dos últimas, en el debate sobre la concesión del derecho al voto a las mujeres (sufragio activo).

En 1931, la mujer española obtuvo el derecho al voto en  una época en la que se cuestionaba la capacidad de “juicio” de las mujeres para abordar determinadas cuestiones como, por ejemplo, la de elegir a sus gobernantes.  Baste recordar, que en países tan “civilizados” de nuestro entorno como Francia o Italia, las mujeres no pudieron votar hasta 1944 y 1946, respectivamente.

Los alumnos de 4º de ESO, asistieron a la representación teatral que el grupo Teatro Avempace hizo sobre el debate suscitado a comienzos de la II República sobre la concesión del derecho a voto de las mujeres. Tras haber analizado y comentado la obra, debían contestar a un cuestionario sobre la obra  y las circunstancias que rodearon a la incorporación de las mujeres a la vida política en España.

El documento que sigue, nos muestra los argumentos a favor y en contra de la incorporación de las mujeres a la vida política.

Discursos de Clara Campoamor y Victoria Kent sobre la conveniencia o no de otorgar a las mujeres el derecho al voto (1-octubre-1936)

Para profundizar sobre el papel de la mujer en la II República Española,  pulsa aquí

Trabajo realizado por la alumna de 4º de ESO, Blanca Riera